miércoles, 28 de septiembre de 2011

CARTA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS U ORIGINARIOS DE LA REGIÓN SAN MARTÍN
“Llakta runakuna munanchisapa kananchip uyarido yachadu”. (Etnia kichwa)
Awajun aidautichkam antugkamu atasa wakegaji chichasmau ati tusa”. (Etnia awajun)
Kampu piyawikui nuwanterai’ na’tankuwi nunai’su’. (Etnia shawi)
“Los pueblos indígenas queremos ser escuchados y consultados” (Rondas Campesinas)


R
eunidos, tantanakuna llakta, ipama chichamu, atun llacta tantanakuna, los
epresentantes de las federaciones de los pueblos indígenas u originarios de la 
egión San Martín, representados por la Coordinadora de Desarrollo y Defensa de los Pueblos Indígenas de San Martín (CODEPISAM), Federación de los Pueblos Indígenas kichwas de la región San Martín (FEPIKRESAM), Centro Étnico de los Pueblos Indígenas Kichwas (CEPKA), Federación Regional Indígena Shawi de San Martín (FERISHAM), Federación Kichwa Huallaga Dorado (FEKIHD), Organización Indígena de Desarrollo de San Martín (ORDISAM), Central Única Regional de las Rondas Campesinas de San Martín (CUR-RC-SM), el día 26.09.2011., en la ciudad de Moyobamba, para analizar el proceso de derecho a la consulta a nivel regional.

Que a través de la mesa de pueblos indígenas de San Martín, espacio reconocido mediante Ordenanza Regional se desarrollo una propuesta de derecho a la consulta aprobada por unanimidad por los representantes de las federaciones indígenas de San Martín, propuesta presentada al Presidente Regional Cesar Villanueva Arévalo y la presidenta del consejo regional la Sra. Flor de Belén Angulo, para que se analice nuestra propuesta y se convoque a proceso de derecho a la consulta siendo presentada en la ciudad de Saposoa el día 16.09.2011., habiéndose acordado en la mesa de diálogo con los funcionarios que el día lunes 26.09.2011., se iniciaría la convocatoria.
Ahora hemos tomado conocimiento a través de Oficio Nº 1018 GRSM/GRDS, 23.09.2011., de la Gerencia de Desarrollo Social, representada por la Gerenta Aurora Torrejón Rivas de Chincha, la postergación de la consulta regional hasta la reglamentación de la ley de derecho a la consulta nacional promulgada por el presidente de la República.
Ante esta decisión adoptada por el Gobierno Regional expresamos lo siguiente:
1º NO ESTAMOS DE ACUERDO con la opinión del GORESAM, porque nuestra propuesta de derecho a la consulta solo busca normar exclusivamente las competencias regionales; la ley establece un plazo de 90 días para su puesta en vigencia, en este plazo el poder ejecutivo y los gobiernos locales deberán reglamentarla. Nuestra norma esta concordada con la norma nacional correspondiendo al GORESAM y sus técnicos revisarla y desarrollar el proceso de consulta.
2º RECHAZAMOS esta decisión del Gobierno Regional que incumple un compromiso con los Pueblos Indígenas de San Martín, firmados por el Señor Presidente Regional Cesar Villanueva Arévalo, en el acuerdo de gobernalidad 2011-2014 en el Foro promovido por la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza que señala se establecerá una Ordenanza Regional de consulta; el Acta de Cacatachi 15.05.2009. a raíz del conflicto de Bagua y desbloqueo de carreteras, donde se comprometía a consultar las pueblos indígenas; el acta de consensos mínimos para el respeto de los derechos de los pueblos indígenas entre los consejeros regionales, funcionarios regionales y líderes indígenas de implementar una ordenanza regional que reglamenta el derecho a la consulta del 09 y 10.08.2011. 
3º ESPERAMOS del Consejo Regional órgano legislativo y fiscalizador del Gobierno Regional una respuesta a nuestra petición formalizada en Saposoa, los pueblos indígenas hemos desarrollado una propuesta consensuada durante un año a través de la mesa de diálogo de pueblos indígenas con participación de las autoridades y funcionarios regionales y  la sociedad civil.
4º RECORDAMOS al Gobierno Regional de la obligación de consultar conforme lo establece el Convenio 169 de la OIT, estando vigente desde su ratificación por el Estado Peruano el año 1994, no existe ninguna justificación para su no reglamentación; para incumplir lo establecido y la obligación de dar las medidas normativas que garanticen su aplicación.
5º EXIGIMOS al Gobierno Regional se implemente a la brevedad posible la norma regional de derecho a la consulta y se den todos los recursos necesarios para su implementación; estableciéndose fecha de inicio de convocatoria al proceso de consulta.
6º PEDIMOS urgente una audiencia pública con el Presidente Regional y el Consejo Regional y los representantes indígenas para exponer nuestra propuesta indígena de derecho a la consulta.
En esta exigencia de nuestros derecho a la consulta estamos unidos todos los pueblos indígenas u originarios tengan reconocido o no su personería jurídica, con o sin título comunal, se encuentren en centros poblados, caseríos o sean rondas campesinas. En caso de incumplimiento se adoptarán acciones radicales por los pueblos indígenas.
Señor Presidente Regional conocedores de su persona, su vocación por la paz, los valores democráticos y el respeto de los derechos de los pueblos indígenas; seremos escuchados.
Amachaypachi shunkunchimanta pacha llaktan chikunata. (Etnia Kichwa)
Aneasa ina batsamtaijin ayamjukmi. (Etnia Awajun)
Nika’tawa’wa  yasemare’  piyawinpua’ (Etnia Shawis)
“Salvemos de corazón a nuestros pueblos” (Rondas Campesinas)


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