miércoles, 28 de septiembre de 2011

CARTA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS U ORIGINARIOS DE LA REGIÓN SAN MARTÍN
“Llakta runakuna munanchisapa kananchip uyarido yachadu”. (Etnia kichwa)
Awajun aidautichkam antugkamu atasa wakegaji chichasmau ati tusa”. (Etnia awajun)
Kampu piyawikui nuwanterai’ na’tankuwi nunai’su’. (Etnia shawi)
“Los pueblos indígenas queremos ser escuchados y consultados” (Rondas Campesinas)


R
eunidos, tantanakuna llakta, ipama chichamu, atun llacta tantanakuna, los
epresentantes de las federaciones de los pueblos indígenas u originarios de la 
egión San Martín, representados por la Coordinadora de Desarrollo y Defensa de los Pueblos Indígenas de San Martín (CODEPISAM), Federación de los Pueblos Indígenas kichwas de la región San Martín (FEPIKRESAM), Centro Étnico de los Pueblos Indígenas Kichwas (CEPKA), Federación Regional Indígena Shawi de San Martín (FERISHAM), Federación Kichwa Huallaga Dorado (FEKIHD), Organización Indígena de Desarrollo de San Martín (ORDISAM), Central Única Regional de las Rondas Campesinas de San Martín (CUR-RC-SM), el día 26.09.2011., en la ciudad de Moyobamba, para analizar el proceso de derecho a la consulta a nivel regional.

Que a través de la mesa de pueblos indígenas de San Martín, espacio reconocido mediante Ordenanza Regional se desarrollo una propuesta de derecho a la consulta aprobada por unanimidad por los representantes de las federaciones indígenas de San Martín, propuesta presentada al Presidente Regional Cesar Villanueva Arévalo y la presidenta del consejo regional la Sra. Flor de Belén Angulo, para que se analice nuestra propuesta y se convoque a proceso de derecho a la consulta siendo presentada en la ciudad de Saposoa el día 16.09.2011., habiéndose acordado en la mesa de diálogo con los funcionarios que el día lunes 26.09.2011., se iniciaría la convocatoria.
Ahora hemos tomado conocimiento a través de Oficio Nº 1018 GRSM/GRDS, 23.09.2011., de la Gerencia de Desarrollo Social, representada por la Gerenta Aurora Torrejón Rivas de Chincha, la postergación de la consulta regional hasta la reglamentación de la ley de derecho a la consulta nacional promulgada por el presidente de la República.
Ante esta decisión adoptada por el Gobierno Regional expresamos lo siguiente:
1º NO ESTAMOS DE ACUERDO con la opinión del GORESAM, porque nuestra propuesta de derecho a la consulta solo busca normar exclusivamente las competencias regionales; la ley establece un plazo de 90 días para su puesta en vigencia, en este plazo el poder ejecutivo y los gobiernos locales deberán reglamentarla. Nuestra norma esta concordada con la norma nacional correspondiendo al GORESAM y sus técnicos revisarla y desarrollar el proceso de consulta.
2º RECHAZAMOS esta decisión del Gobierno Regional que incumple un compromiso con los Pueblos Indígenas de San Martín, firmados por el Señor Presidente Regional Cesar Villanueva Arévalo, en el acuerdo de gobernalidad 2011-2014 en el Foro promovido por la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza que señala se establecerá una Ordenanza Regional de consulta; el Acta de Cacatachi 15.05.2009. a raíz del conflicto de Bagua y desbloqueo de carreteras, donde se comprometía a consultar las pueblos indígenas; el acta de consensos mínimos para el respeto de los derechos de los pueblos indígenas entre los consejeros regionales, funcionarios regionales y líderes indígenas de implementar una ordenanza regional que reglamenta el derecho a la consulta del 09 y 10.08.2011. 
3º ESPERAMOS del Consejo Regional órgano legislativo y fiscalizador del Gobierno Regional una respuesta a nuestra petición formalizada en Saposoa, los pueblos indígenas hemos desarrollado una propuesta consensuada durante un año a través de la mesa de diálogo de pueblos indígenas con participación de las autoridades y funcionarios regionales y  la sociedad civil.
4º RECORDAMOS al Gobierno Regional de la obligación de consultar conforme lo establece el Convenio 169 de la OIT, estando vigente desde su ratificación por el Estado Peruano el año 1994, no existe ninguna justificación para su no reglamentación; para incumplir lo establecido y la obligación de dar las medidas normativas que garanticen su aplicación.
5º EXIGIMOS al Gobierno Regional se implemente a la brevedad posible la norma regional de derecho a la consulta y se den todos los recursos necesarios para su implementación; estableciéndose fecha de inicio de convocatoria al proceso de consulta.
6º PEDIMOS urgente una audiencia pública con el Presidente Regional y el Consejo Regional y los representantes indígenas para exponer nuestra propuesta indígena de derecho a la consulta.
En esta exigencia de nuestros derecho a la consulta estamos unidos todos los pueblos indígenas u originarios tengan reconocido o no su personería jurídica, con o sin título comunal, se encuentren en centros poblados, caseríos o sean rondas campesinas. En caso de incumplimiento se adoptarán acciones radicales por los pueblos indígenas.
Señor Presidente Regional conocedores de su persona, su vocación por la paz, los valores democráticos y el respeto de los derechos de los pueblos indígenas; seremos escuchados.
Amachaypachi shunkunchimanta pacha llaktan chikunata. (Etnia Kichwa)
Aneasa ina batsamtaijin ayamjukmi. (Etnia Awajun)
Nika’tawa’wa  yasemare’  piyawinpua’ (Etnia Shawis)
“Salvemos de corazón a nuestros pueblos” (Rondas Campesinas)


martes, 27 de septiembre de 2011

Líderes indígenas protestan ante la postergación de propuesta de Ordenanza Regional de Consulta Previa.

Los dirigentes de las federaciones indígenas Awajun, Kechwas, Shawis y de las Rondas Campesinas de la Región San Martín, en conferencia de prensa realizada hoy en la Casa del Maestro ubicada en la ciudad de Moyobamba, demostraron su disconformidad con funcionarios del Gobierno Regional, por la postergación del informe de implementar la propuesta presentada en Saposoa de una Ordenanza Regional sobre la consulta previa. Dijeron que esta actitud demuestra que poco o nada le interesa al GORESAM, la tranquilidad de los pueblos indígenas.

El Sr. Ely Tangoa Lancha, Presidente de la Federación Regional Shawi de San Martín- FERISHAM, exige al Gobierno para que se implemente a la brevedad posible la norma regional de derecho a la consulta y se den todos los recursos necesario para su implementación; estableciéndose una fecha de inicio de convocatoria al proceso de consulta.

En tanto el Sr. Walter Sangama Sangama, Presidente de la Coordinadora de Desarrollo de los Pueblos Indígenas de la Región - CODEPISAM, señaló que de no haber una respuesta positiva de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, tomarán otras medidas más radicales para defender sus tierras ancestrales. Demandó además urgente una audiencia pública con el Presidente Regional y el Consejo Regional y los representantes indígenas para exponer su propuesta indígena de derecho a la consulta. 

viernes, 16 de septiembre de 2011

Pueblos Indígenas de San Martín Entregan Propuesta de Reglamento de Consulta al Presidente del GORESAM y Presidente del Consejo Regional
En el Distrito de Saposoa, en presencia de las federaciones indígenas y rondas campesinas, los representantes de la Mesa Intercultural de Pueblos Indígenas hizo entrega al Vicepresidente del obierno Regional de San Martín y a los Consejeros Regionales, el documento propuesta de reglamentación de la Ordenanza Regional de Consulta. Al momento de recibir el texto, el vicepresidente de la región, Javier Campo Ruiz, expresó que éste es un momento histórico para San Martín y sus pueblos indígenas, no sólo por el gesto de entrega sino por el escenario de diálogo y trabajo conjunto que se dibuja a partir de éste hecho. Por su parte, el responsable de la comisión técnica de la Mesa y miembro de Paz y Esperanza, el abogado Carlos Ching Castañeda, coincidió con las declaraciones del vicepresidente y enfatizó que la norma representa un acto de justicia y de vinculación del Estado con un tratado internacional como el Convenio 169 de la OIT. “Con éste documento no sólo se busca regular el proceso de consulta a nivel regional sino considerar el derecho al consentimiento libre, previo e informado para situaciones que signifiquen una afectación grave para la vida y libertades del pueblo indígena”, expresó Ching Castañeda.

De otro lado, Rosendo Rojas Zamora, presidente de la Central Única de Rondas Campesinas del Perú (CUNARC) dijo que las ronderas y ronderos sienten suya la norma por ser ellos parte de los pueblos originarios del país y que a partir de este hecho se empezarán a tejer espacios de participación democráticos, donde los derechos y responsabilidades de ambas partes se respeten. Por parte del Gobierno Regional, se ha informado que el próximo lunes 26 en acto público a realizarse en la ciudad de Moyobamba, el presidente César Villanueva, someterá a consulta el documento con las observaciones realizadas por los asesores. (JC)

miércoles, 14 de septiembre de 2011

 nueva Ley Forestal puede provocar un nuevo  
" Baguazo"
El viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, Hugo Cabieses, señaló que la nueva Ley forestal y de Fauna Silvestre, promulgada por el gobierno de Alan García, puede ocasionar nuevos conflictos sociales. Según Cabieses, dicha Ley no siguió un adecuado proceso de consulta, por lo que debe ser ‘reconsultada’.
“Para nosotros, la aprobación de la nueva Ley Forestal ha sido una falta de respeto al nuevo gobierno. Es una sopa con todos los ingredientes para provocar un nuevo ‘baguazo’. Nosotros no estamos dispuestos a aceptar eso. No queremos un muerto más, un herido, un preso más. Creemos que esta nueva Ley Forestal debe ser reconsultada”, manifestó Cabieses.
Estas declaraciones fueron realizadas el pasado 31 de octubre durante la presentación del Informe Global de la Corrupción y Cambio Climático, publicado por Transparencia Internacional. El evento fue organizado por Proética.
CORRUPCIÓN Y CAMBIO CLIMÁTICO
La Directora Ejecutiva del Consejo Nacional para la Ética Pública (Proética), Cecilia Blondet, sostuvo que cada vez son mayores los fondos de la cooperación destinados al cambio climático en países como Perú, pero existe el temor de que dichos recursos no sean bien utilizados por causa de la corrupción.
Según Blondet, en el caso de Perú, el mayor problema es que “la institucionalidad ambiental está todavía inconclusa, es insuficiente”, lo que podría generar algún tema de corrupción.
Destacó, por ello, la importancia de que el Ministerio del Ambiente haya asumido el liderazgo, a fin de asegurar que la cooperación que llega al país para el cambio climático cumpla con los objetivos trazados.
Asimismo, pidió reforzar las competencias de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN) con la finalidad de impulsar la lucha contra este flagelo.
La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción es un espacio de coordinación entre los poderes del Estado, organismos autónomos, gobiernos locales y regionales, y organizaciones de la sociedad civil, para unir esfuerzos y proponer políticas a mediano y largo plazo, a fin de prevenir y combatir la corrupción.
Actualmente es presidida por Gonzalo García Núñez, titular del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Ver Informe Global de la Corrupción y Cambio Climático.

martes, 13 de septiembre de 2011

La Dirección Regional Agraria de San Martín vulnera Derechos Constitucionales de los Pueblos Indígenas Kechuas, en la Provincia de Lamas

 Lamas, 13 de Setiembre del 2011. La Dirección Regional Agraria San Martín (DRASAM), encargada del reconocimiento de comunidades nativas, a través de sus agencias agrarias en la región, están encargadas de los procesos administrativos y técnicos del  reconocimiento de las comunidades nativas, conforme lo estipula el DL No. 22175 y su reglamento correspondiente, amparado en el Art. 89 de la Constitución Política del Perú.

La Comunidad de Shakapa, con fecha 26 de Abril del 2011, solicita su reconocimiento como comunidad nativa, siendo la encargada de hacer la inspección ocular los funcionarios de la Agencia Agraria de Lamas, y sobre el cual emite su informe Técnico No. 009-2011-GRSM/DRASAM/AAL-TEC-EDT, y en base a ello la DRASAM emite la Resolución No. 311-2011-GRSM_DRASAM de fecha 03 de Septiembre del 2011, en la cual resuelve DENEGAR la solicitud de reconocimiento de la comunidad nativa SHAKAPA, bajo los fundamentos del cuarto considerando de dicha resolución, que al pie de la letra dice: 

“Que, además en el respectivo informe Técnico No. 009-2011-GRSM/DRASAM/AAL-TEC-EDT, de fecha 20/04/2011, emitida por la Agencia Agraria Lamas, consta que los habitantes en la referida comunidad pertenecen al grupo etnolingüista Kechwa lamista y el castellano; pero que no cuentan con área urbana para formar sus caseríos, contando todos con titulo de propiedad otorgados por COFOPRI en forma gratuita en diferentes etapas, en donde trabajan la agricultura en forma precaria y la mayoría tienen sus viviendas en otros caseríos.”.
 
Dicho caso no es aislado de otros procesos relacionados en los cuales la DRASAM ha DENEGADO el reconocimiento de seis (06) comunidades nativas en la Provincia de Lamas, en los distritos del Pongo y Barranquita, de las comunidades nativas  de: Ampi Sacha, El Piñal, Kumamoto, Shapajilla, Naranjal y Las Palmeras, en el año 2010, en los cuales tuvo que interponerse recursos de reconsideración y de apelación, a fin de que  la DRASAM reconozca a dichas comunidades, la misma que fue resuelta con Resolución Ejecutiva Regional No. 836-2010-GRSM/PGR del 09 de Julio del 2010.

Dentro de esa línea, la Agencia Agraria de Lamas, ante la solicitud de la Comunidad Kechua de Aguas de Oro de ser reconocida como comunidad nativa, esta considero no proceder en la gestión administrativa de reconocer a dicha comunidad, siendo hasta la fecha que la DRASAM no ha emitido informe o resolución sobre el particular.  Se suma a esta misma acción, la solicitud de reconocimiento de la Comunidad Kechua de Jorge Chávez en el distrito de Barranquita, donde la Agencia Agraria Bajo Huallaga, quien hasta la fecha no ha emitido informe y la DRASAM no ha emitido resolución correspondiente.

Este hecho jurídico vulnera el principio de legalidad, ya que el reconocimiento solicitado es de carácter declarativo, y el reconocimiento se encuentra establecido a nivel constitucional.

Ante ello

La organización indígena Consejo Étnico de Pueblos Kechuas de la Amazonia (CEPKA), manifiesta públicamente su malestar ante la aptitud improcedente de funcionarios de la DRASAM, que pese a los múltiples acuerdos de las organizaciones indígenas con el Gobierno Regional San Martín, respecto al respeto y aplicación de los derechos de los pueblos indígenas amparadas por la constitución política del país y los tratados internacionales, cometa de manera absurda una omisión de tal naturaleza.

Hacemos un llamado a un dialogo franco respecto al tratamiento por parte de  los funcionarios del Gobierno Regional San Martín de los diversos sectores, a que en la actual coyuntura de inclusión social se respete la diversidad en el más amplio sentido, y ello se manifiesta de manera practica.

La directiva de CEPKA

Mayor información pulsa el siguiente link:
Cel. 042-704829  

miércoles, 7 de septiembre de 2011

Mesa de Diálogo de Pueblos Indígenas de San Martín presentará propuesta de Ordenanza

El día martes 06 de setiembre del 2011 en el auditorio  del  Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín en la ciudad de Moyobamba, representantes del consejo regional, los representantes de la mesa de diálogo presidido por el presidente de la mesa Profesor Lincoln Rojas, secretario por parte de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, autoridades y funcionariosdel gobierno regional, (ARA, DRA , DREyM, Asesoría Legal y ORDEPISAM), presidente del Corte superior de Justicia, el Dr. Cesar Chacón Álvarez y de la Escuela de Justicia  Intercultural de la CSJSM y los representantes de las federaciones indígenas de las región San Martín CODEPISAM, CEPKA, FEPIKRESAM, FERISHAM, FERIAAM, ORDISAM, FEKIHD y representantes de de la Central Única de las rondas campesinas de la región San Martín – CUNARP, representantes de la organizaciones sociales AMPA, CAAAP, IDL, ITDG  - SOLUCIONES  PRACTICAS, Paz y Esperanza y CARE – PERÚ.
En la reunión se presentó la propuesta de consolidación de la norma de derecho a la consulta explicación a cargo del abog. Carlos Ching de Paz y Esperanza, señalándose que se  han subsanado  las observaciones planteadas en la reunión a anterior y estableció su concordancia con la norma nacional  aprobada  por  el Congreso de la República del  año 2011.
Estableciendo  los siguientes acuerdos:

1.     Los representantes de las federaciones indígenas presentes (CODEPISAM, CEPKA, FEPIKRESAM, FERISHAM, FERIAAM, ORDISAM, FEKIHD y representantes de de la Central Única de las rondas campesinas de la región San Martín – CUNARP), aprobaron por unanimidad la propuesta  de derecho a la consulta  a nivel regional.

2.     Se entregarían en acto público la entrega de la propuesta de los pueblos indígenas al Presidente del Gobierno Regional y del presidente del consejo regional el  día viernes 16 de  setiembre en la ciudad de Saposoa  a las 9 a.m.  en sesión  ordinaria de consejo  regional. Además se entregará una propuesta metodológica y plan de proceso de consulta estará a cargo del gobierno regional a través de la ORDEPISAM con apoyo de las ONGS y representantes de las organizaciones indígenas.
3.     A partir de la recepción de la propuesta de consulta de los pueblos indígenas el Gobierno Regional requiere de un plazo mínimo de 10 días para establecer un proceso revisión y discusión a nivel de la comisión de pueblos indígenas, asesoría legal, procuraduría y otras gerencias competentes.
4.     El día lunes 26 de setiembre en acto público el Presidente del Gobierno Regional de San Martín realizará la convocatoria del proceso de derecho  a la consulta.
5.     Se remita formalmente la propuesta a todas las federaciones indígenas y de las rondas campesinas y GORESAM.

El proceso  tendrá  las siguientes etapas:
                                            i.  Acto publico  de entrega  al nivel  regional
                                          ii. Un proceso interno a nivel regional para análisis y discusión la consulta     antes de aprobación  por el consejo regional.
                                          iii.  Proceso  de derecho a la consulta.
                                          iv.     Aprobación  de  la ordenanza  regional  por el consejo regional.